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Así es la proposición de ley contra las terapias de conversión que se registrará el martes en el Congreso

La Asociación Española contra las Terapias de Conversión propone crear un artículo en el Código Penal que castigue estas prácticas y compensaciones económicas para quienes las han sufrido.
Protesta Iglesia Alcala 1
Una persona en una acción de protesta contra las terapias de conversión en la catedral de Alcalá de Henares, en 2019. Juan Carlos Lucas

Inclusión de un artículo en el Código Penal que castigue de forma específica las terapias de conversión, modificación de algunos artículos de la ley trans para estudiar el alcance de estas prácticas y ayudas económicas para las víctimas.

Son tres de los ejes de la Proposición de Ley Orgánica para criminalizar la práctica de las terapias de conversión que se registrará el martes 18 de febrero en el Congreso de los Diputados. La Asociación Española contra las Terapias de Conversión da así un paso en el objetivo que motivó su fundación hace cinco años: conseguir que España convirtiera en delito la práctica de terapias de conversión dirigidas a modificar, anular o eliminar la orientación sexual, la identidad o la expresión de género. 

“A pesar de llevar casi diez años prohibidas en España, no se ha investigado ni sancionado a ninguna de todas las organizaciones que No Es Terapia documenta y denuncia”, dice la Asociación Española contra las Terapias de Conversión

De la mano de Compromis, Más Madrid, Comuns, Izquierda Unida, Sumar, Podemos , BNG y ERC, la asociación lleva al Congreso este texto que pretende dar respuesta a una preocupación dentro del activismo LGTBIAQ+: una práctica “generalizada”, dice en la exposición de motivos el texto, que ​​“presenta graves riesgos para la salud de las personas que las sufren”.

La Asociación Española contra las Terapias de Conversión cree que se trata de “un paso histórico para acabar con la impunidad y garantizar los derechos de las víctimas”. Porque, explican, “a pesar de llevar casi diez años prohibidas en España las terapias de conversión a personas LGTBI, no se ha investigado ni sancionado a ninguna de todas las organizaciones que No Es Terapia documenta y denuncia”.

Para esta organización, no abordar este problema es una de las grandes faltas de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Nuevo artículo en el Código Penal

El núcleo de la ley es la adición de un artículo en el Código Penal, porque lo que se pretende es que sean los jueces, y no autoridades políticas, quienes investiguen estas prácticas. Así, la propuesta es que se añada un artículo, que sería el 175 bis, donde se contemplarían penas de hasta cuatro años de prisión para “la persona que practique Esfuerzos de Cambio de Orientación Sexual e Identidad o Expresión de Género (ECOSIEG) sobre otra persona”. También se propone castigar a quien remita a estas terapias: “Se castigará con la misma pena a quienes remitan a una persona a que un tercero le practique ECOSIEG, la fuercen a recibir estas prácticas o consientan la práctica de ECOSIEG en un entorno bajo su supervisión”.

El núcleo de la ley es la adición de un artículo en el Código Penal, y también establece compensaciones económicas para quienes hayan pasado por este tipo de prácticas

Se entiende por terapias de conversión un conjunto de situaciones como el asesoramiento, práctica o tratamiento de cualquier tipo —incluyendo, entre otras, las intervenciones médicas, psiquiátricas, psicológicas, sociales, familiares, clínicas, de acompañamiento o coaching, así como las religiosas o pastorales—, independientemente de los métodos, técnicas o enfoques que empleen, que tengan como objetivo modificar, disminuir, reprimir, desalentar o suprimir la orientación sexual, la identidad sexual y/o de género o la expresión de género de una persona.

La propuesta de ley establece además compensaciones económicas para quienes hayan pasado por este tipo de prácticas, que serían de “el equivalente a seis meses de subsidio por desempleo”, una ayuda que se propone ampliar a hasta 12 meses si la persona afectada acredita discapacidad o tiene a su cargo a personas dependientes. Además, se contempla que se creen medidas para facilitar el acceso a la vivienda.

El texto propuesto enmienda la ley trans aprobada en diciembre de 2022 para abordar y estudiar estas prácticas, por lo que plantea realizar una encuesta con la que conocer la situación de las personas LGTBI que permita profundizar en la naturaleza y el alcance de las principales situaciones de discriminación que les afectan y registrar su evolución a lo largo del tiempo. En el ámbito sanitario, propone crear protocolos que faciliten la identificación temprana y garanticen la protección de las personas que puedan estar siendo sometidas a ECOSIEG, así como manuales de buenas prácticas. Prohibir la promoción de estas falsas terapias o educar al alumnado a sus familias y al personal de centros educativos con el objetivo de divulgar las distintas realidades afectivo-sexuales y familiares y combatir la discriminación de las personas LGTBI y sus familias por las causas previstas en esta Ley, con especial atención a la realidad de las personas trans e intersexuales.

Una práctica humillante y discriminatoria

Como detalla la exposición de motivos de la proposición, diferentes órganos internacionales del sistema de derechos humanos se ha pronunciado sobre la naturaleza de los ECOSIEG bajo el derecho internacional de los derechos humanos, calificándolos de violaciones al derecho a la no discriminación, al derecho a la salud, a la identidad personal —especialmente en el caso de niños y adolescentes—, a la integridad física y psicológica, a no ser sujeto a torturas, e incluso, en los supuestos más extremos, a la vida.

En 2009, el Grupo de Trabajo de la American PsychologicalAssociation (APA) sobre Respuestas Terapéuticas Apropiadas a la Orientación Sexual concluyó que estas prácticas conllevan graves riesgos para aquellos que las experimentan, entre los que enumeran: depresión, culpa, impotencia, falta de esperanza, vergüenza, retraimiento social, suicidio, abuso de sustancias, estrés, decepción, autoculpabilidad, disminución de la autoestima, aumento del autoodio, hostilidad y culpa hacia los padres, sentimientos de ira y traición, pérdida de amigos y potenciales parejas románticas, problemas en la intimidad sexual y emocional, disfunción sexual, conductas sexuales de alto riesgo, sentimiento de deshumanización y de falsedad hacia uno mismo, pérdida de fe y una sensación de haber perdido tiempo y recursos económicos.

Es el caso de Xavi, una de las víctimas del COF Mater Misericordiae de Valencia, donde le sometieron durante cinco años a terapia de conversión. Como explica la asociación en una nota de prensa, a Xavi le controlaban todos sus movimientos y amistades, le obligaban a narrar sus deseos y fantasías, le humillaban delante de su familia como si fuera un pervertido, le intentaron en un convento durante meses porque no progresaba y le ofrecieron medicación para anular su libido. “Si no se criminalizan, esta gente va a seguir actuando en cualquier entorno en el que se encuentren para eliminar a cualquier persona del colectivo LGTBIQ”, explica. “Mi único deseo es que, con un sistema que nos proteja, no se les haga pasar a otros jóvenes la violencia a la que me sometieron a mí”.

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